1.8.10

Democracia joven

Macri, ante la nueva técnica de persecución

CRISTIAN SALVI

El Eco de Tandil, 1° de agosto de 2010

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Mauricio Macri tiene razones para reputar al proceso en su contra como una persecución política delineada por el kirchnerismo. El hecho de que se trate de un proceso judicial no invalida tal hipótesis. Por el contrario, bien puede consolidarla en tanto el proceso judicial, al presumírselo legítimo, aparecería como un mecanismo camuflado de persecución que sustituiría la técnica grosera que usa, por ejemplo, Guillermo Moreno. No se trataría de una novedad. Semanas atrás, justamente, hacíamos referencia al caso “Apitz Barberá” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que en 2008 condenó a Venezuela por constatar que el gobierno de Chávez persiguió a jueces tenidos por opositores mediante un “proceso” que no respetaba garantía alguna.

Una de esas garantías básicas no respetadas en “Apitz Barberá” fue la de imparcialidad del juzgador. En tal sentido vale recordar una sutil distinción que nuestra Corte Suprema hizo suya en sus últimos precedentes sobre los estándares de la imparcialidad judicial (“Llerena” [2005] y “Dieser” [2006]). Con cita del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, la Corte refiere ya no la imparcialidad en sí sino a la “apariencia de imparcialidad”, o sea, a los “elementos que autoricen a abrigar dudas con relación a la imparcialidad con que debe desempeñarse el juez, con prescindencia de qué es lo que pensaba en su fuero interno, siguiendo el adagio justice must not only be done: it must also be seen to be done [no sólo debe hacerse justicia, sino parecer que se hace]”.. (código)

En el caso de Macri, ¿puede predicarse tal carácter en el juez Oyarbide? La respuesta parece obvia. Basta señalar la “objetiva” (constatable) protección que los legisladores kirchneristas han brindando al juez impidiendo que el Consejo de la Magistratura lo investigue. No se trata de una “chicana” de Macri: las sospechas de “afinidad” entre Oyarbide y el Gobierno vienen de mucho tiempo antes, incluso cuando el procesamiento al jefe de Gobierno no era ni remotamente pensando. En ese sentido alcanza con revisar los diarios y revistas políticas de fines del año pasado. Paradigmática fue la tapa de la revista Noticias en la que el juez aparecía en un fotomontaje vestido de Papa Noel, dando a entender que el sobreseimiento al matrimonio Kirchner por enriquecimiento ilícito había sido un regalo navideño, mejor dicho, una “permuta” navideña, cuya contraprestación fue la ulterior protección en el Consejo de la Magistratura.

Ante este escenario de cuestionamiento, el propio juez Oyarbide debió haberse excusado. Más aún, ello sería más útil para los enemigos políticos de Macri en tanto desaparecería un elemento que políticamente servirá para la victimización del jefe de Gobierno.


El fallo de la Cámara

Se dirá, pues, que al fin el procesamiento dictado por Oyarbide fue confirmado por los tres jueces de la Cámara Federal, con lo cual desaparece la alegada irrazonabilidad.

Un fallo vale lo que valen sus fundamentos. Nada mejor, entonces, que su lectura para merituar sobre la razonabilidad o no de sus conclusiones.

Para la Cámara, el punto de partida que “define la responsabilidad de Mauricio Macri es si contribuyó al armado de este incipiente aparato de inteligencia que empezaba a montarse a la sombra de la Policía Metropolitana”. El punto de llegada, por su parte, es confirmar su procesamiento como “probable” coautor de una estridente catarata de delitos, tales como intervención ilegítima de comunicaciones, falsedad de documento público, incumplimiento de los deberes de funcionario público y asociación ilícita.

¿Cómo conecta la Cámara tales puntos? El fallo no es lineal y da lugar a dudas sobre cuál es el contenido de la vinculación de Mauricio Macri. Esto porque, por un lado, parece conformarse con afirmar que su “rol en la asociación ilícita” fue “asegurar, como máxima autoridad” de la Ciudad “que la matriz del aparato clandestino de inteligencia se instale en su gobierno” y “se nutra de sus recursos”. El nombramiento de James -dicen los jueces- “se perfila a esta altura como uno de esos aportes”. Desde esa perspectiva, es difícil --sino imposible-- sostener entonces una “coautoría” de Macri.

Hasta allí la imputación a Macri estaría dada por el solo hecho de haber firmado un decreto de nombramiento que el Tribunal equipara a la “facilitación de los medios materiales que fuesen necesarios”. Así surge del fallo al reconocer la Cámara que “es posible que Macri no conociese personalmente a James”.

Sin embargo, posteriormente, medio al pasar, la Cámara da por sentado que Macri “sabía y participó de esas dos intervenciones” a Leonardo y a Burstein. Esto es lo fundamental: sin ese conocimiento y voluntad que la Cámara -sin explicar por qué y con qué- da por sentado se cae toda la imputación penal. De lo contrario se estaría postulando que un jefe de Gobierno asume una posición de garantía por lo que haga cualquiera de los 200.000 empleados de la Ciudad. Va contra el sentido común.

Así las cosas, jamás se arribará a una condena contra Macri. ¿Por qué entonces el procesamiento? Sencillamente porque tal decisión se basta con una mera probabilidad muy fácil de rellenar con sofismas, supliendo así la falta de pruebas objetivas que lo sustenten. La mala fe se deja entrever: con muchos “roles” más probables en decenas de ilícitos, los Kirchner, empero, no están procesados en causa alguna.

En delitos volubles como los aquí imputados es tan poco lo que se exige para procesar, que el procesamiento nada dice. En lo jurídico, es esperable que la Cámara de Casación revoque lo decidido por Oyarbide y dicte la “falta de mérito”. Y en lo político, amén del mal trance sufrido, el altercado habrá servido al líder del PRO para que los Pilatos y los Judas que hasta ayer se sentaban a su mesa, queden definitivamente desnudos. (código)